Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos.
Los Mensajes de Datos estarán sometidos a las disposiciones constitucionales y legales que garantizan los derechos a la privacidad delas comunicaciones y de acceso a la información personal.
Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la ley exija el cumplimiento de solemnidades o formalidades, éstas podrán realizarse utilizando para ello la firma electrónica debidamente certificada por SolucionesTecnológicas Apacuana C.A.
Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la ley exija la firma autógrafa, ese requisito quedará satisfecho en relación con un Mensaje de Datos al tener asociado una Firma Electrónica debidamente certificada por Soluciones Tecnológicas Apacuana C.A.
Soluciones Tecnológicas Apacuana C.A garantiza que al usar una Firma Electrónica debidamente certificada en un Mensaje de Datos la información que contengan pueda ser consultada posteriormente, siempre conservará el formato en que se generó, archivó o recibió o en algún formato que sea demostrable que reproduce con exactitud la información generada o recibida y siempre tendrás la seguridad de que se conserve todo da toque permita determinar el origen y el destino del Mensaje de Datos, incluyendo la fecha y la hora en que fue enviado o recibido.
En la formación de los contratos, las partes podrán acordar que la oferta y aceptación se realicen por medio de Mensajes de Datos.
La Firma Electrónica que permita vincular al Signatario con el Mensaje de Datos y atribuir la autoría de éste, tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa; la misma podrá formar parte integrante del Mensaje de Datos, o estar inequívocamente asociada a éste; enviandose o no en un mismo acto.
El Certificado Electrónico garantiza la autoría de la Firma Electrónica que certifica, así como la integridad del Mensaje de Datos donde se usa. El Certificado Electrónico no confiere la autenticidad o fe pública que conforme a la ley otorguen los funcionarios públicos a los actos, documentos y certificaciones que con tal carácter suscriban.